Saltar al contenido
Noticias de Consumo
Imagen

Te presentamos la sección Noticias de Consumo, un lugar para estar informado sobre el acontecer noticioso nacional en temas referidos a la protección de tus derechos como consumidor y usuario de productos y servicios en todo el país.

También, encontrarás información sobre las actividades que realizan los miembros del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor. Solo tienes que seguir estas informaciones desde un computador o dispositivo móvil. 

Si tuvieras alguna consulta sobre una noticia en particular, no dudes en escribirnos al correo electrónico: consumidor@indecopi.gob.pe

Mantente informado sobre las últimas noticias de consumo

Aquí encontrarás todas las informaciones del acontecer noticioso de consumo en todo el país. No dejes de estar informado y compartir estas noticias entre tus contactos de Internet.

Ingresar es sencillo. Solo tienes que darle clic a cada una de las noticias de tu interés y revisarlas. También, consulta estas informaciones en las páginas web y redes sociales de los miembros del Sistema Nacional Integrado de Protección del Consumidor. 

Atrás

Indecopi sanciona con 450 UIT a Green Bus, responsable del accidente en el Cerro San Cristóbal

2017/11/21
Imagen Principal
" Empresa infringió deber de seguridad y transportó más pasajeros de la capacidad de asientos permitida para su unidad. " -

 

La Comisión de Protección al Consumidor N° 3 (CC3) del Indecopi sancionó a la empresa ATEM–CA SAC, representante de Green Bus, con una multa de 450 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 1 822 500, por infringir el deber general de seguridad, establecido en el artículo 25 del Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N° 29571).

Esta multa es el resultado del proceso sancionador iniciado por la CC3 a la citada empresa tras el accidente ocurrido el pasado 09 de julio, durante un recorrido turístico en el Cerro San Cristóbal, que causó la lamentable muerte de 10 personas.

De acuerdo a la investigación, la unidad transportaba 55 pasajeros pese a que estaba diseñada para trasladar solo a 35 personas de acuerdo a la tarjeta de propiedad del vehículo. Debido a ello, el proveedor expuso al riesgo a los pasajeros, contraviniendo el deber de seguridad al que está obligado por la ley.

Esa exposición al peligro afectó derechos fundamentales como la vida, salud e integridad de los pasajeros motivo por el cual se le impuso la multa máxima permitida de 450 UIT, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 110 del Código.

La CC3 recordó que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 del Código, sobre el deber de seguridad: “los productos o servicios ofertados en el mercado no deben conllevar, en condiciones de uso normal o previsible, riesgos injustificados o no advertidos para la salud o seguridad de los consumidores o sus bienes”.

Cabe precisar que la empresa se encuentra en un plazo de apelación para que la decisión de la CC3 sea revisada por el Tribunal de la Sala Especializada en Defensa del Consumidor, máxima instancia administrativa del Indecopi.

La institución da a conocer esta decisión al amparo del artículo 123 del Código, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente”. La resolución de la primera instancia puede ser revisada aquí.