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Indecopi verifica que farmacias y boticas informen sobre los precios de medicamentos
De acuerdo con la Constitución Política del Perú y la legislación vigente, el Indecopi reitera a la ciudadanía que no está facultado para controlar los precios de los medicamentos, ni de ningún otro producto o servicio. No obstante, en el ámbito de sus competencias, viene monitoreando e iniciando supervisiones y fiscalizaciones desde tres perspectivas legales encomendadas:
- En su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, en cumplimiento del Código de Consumo, centrada básicamente en la información oportuna y completa que se otorga al consumidor.
- Publicidad Engañosa, respecto de productos que prometen una supuesta cura o mitigación de los efectos del COVID-19.
- Defensa de la Libre Competencia, evaluando si existen indicios de concertación de precios entre proveedores.
Plan de Fiscalización y Supervisión adecuado a la crisis sanitaria
Atendiendo las necesidades generadas por la crisis sanitaria del COVID-19, ha realizado una modificación al Plan Anual de Supervisiones 2020 y ha programado fiscalizaciones orientativas a boticas y farmacias a nivel nacional. Así, realiza requerimientos de información a los proveedores con la finalidad de que acrediten el cumplimiento las siguientes obligaciones: poner a disposición de los consumidores la lista de precios, tener disponibles los medicamentos que se informan a través de su lista de precios, contar con Libro de Reclamaciones y su aviso, entre otras.
También exhorta a los mismos a cumplir con obligaciones como: no privilegiar la oferta de medicamentos de marca sobre genéricos, realizar el cobro de los precios previamente informados, realizar el redondeo de precios a favor de los consumidores y cumplir con las condiciones ofrecidas del servicio de delivery.
Coordinaciones con las Direcciones Regionales de Medicamentos, Insumos y Drogas
Además, a efectos de identificar a los proveedores, en paralelo se han iniciado las coordinaciones con las direcciones regionales de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIREMID) a fin de que se proporcione un listado actualizado de los establecimientos farmacéuticos activos. Asimismo, se considerará a aquellos proveedores reportados e identificados a través de otros canales.
Si bien, el Indecopi está impedido por ley de establecer precios o controlarlos, con estas acciones busca verificar que se exhiba y respete la lista de precios de medicinas y, sobre todo, verificar cómo se informa de la misma a los consumidores.
Macroinvestigación a 50 farmacias
Sin perjuicio de lo indicado anteriormente, se informa que, gracias a la delegación que la Comisión de Protección al Consumidor le otorgó a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización (GSF), solo el año pasado, se realizó una macro investigación que consideró la inspección a 50 farmacias a nivel nacional, pertenecientes a 6 proveedores. Actualmente, el resultado de la investigación está en los órganos resolutivos (comisiones) de Lima, Loreto y San Martín, quienes emitirán un pronunciamiento atendiendo a los hallazgos realizados por la GSF.
Se investigan 46 casos de publicidad engañosa tras 286 requerimientos de información
Por otro lado, en el ámbito de la publicidad engañosa, a cargo de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), es importante resaltar el trabajo de supervisión que se viene realizando, con el apoyo de la GSF, a productos ofertados que supuestamente sirven "para curar la COVID-19". Hasta el momento se ha realizado un total de 286 requerimientos de información y se han abierto 46 procedimientos administrativos sancionadores (https://www.indecopi.gob.pe/-/el-indecopi-investiga-a-46-proveedores-por-promocionar-productos-con-supuestas-propiedades-preventivas-o-terapeuticas-en-contra-del-covid-19).
Monitoreo constante para detectar concertación de precios
De manera permanente realiza un monitoreo del mercado para detectar posibles concertaciones de precios, desde la perspectiva de las atribuciones dadas a la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC).
También viene realizando requerimiento de información a las cadenas de farmacias respecto del movimiento de sus precios, stocks e importaciones. Hay que mencionar que el rubro de medicamentos es uno de los priorizados en la supervisión de productos más sensibles de la canasta familiar.
Cabe recordar que, gracias a una compleja investigación llevada a cabo por la CLC el año 2016, cinco cadenas de farmacias fueron sancionadas con una multa de 8,9 millones de soles, así como con el cumplimiento de un programa de ‘complience’ (auditoría interna constante), para verificar que no infrinjan la ley (https://repositorio.indecopi.gob.pe/handle/11724/6173).
Es importante recordar a la ciudadanía que actualmente existe un "Observatorio de Productos Farmacéuticos" del Ministerio de Salud - MINSA, el cual cuenta con información reportada directamente por las farmacias y boticas con autorización legal de funcionamiento en el país, señalándose para cada medicamento la fecha de actualización de su reporte. Conforme se aprecia en su página web, dichos precios de venta al público son referenciales y podrían diferir del precio ofertado al momento de la compra.
Finalmente, el Indecopi destaca que los ciudadanos tienen a su disposición los siguientes canales de atención:
- La herramienta ‘Reporte ciudadano’ (https://cutt.ly/bt4QNRA), a través de la cual se puede reportar cualquier tipo de incidente en alguno de los sectores económicos priorizados durante este estado de emergencia.
- Líneas telefónicas habilitadas para la ciudadanía, a través del Servicio de Atención al Ciudadano 224 77 77, para Lima, y el 0 800 4 4040, para regiones.
- Correo electrónico sacreclamo@indecopi.gob.pe para la recepción de consultas, dudas y reclamos.