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Indecopi sancionó a cuatro empresas de transporte por infracciones durante El Niño Costero

2017/08/29
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" Las infracciones fueron detectadas durante la constante supervisión que realizó la institución a los proveedores de productos y servicios, en la etapa de emergencia. " -

 

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Piura sancionó, en primera instancia administrativa, a cuatro empresas de transporte terrestre de pasajeros porque ofrecieron sus servicios a pesar de que las carreteras estaban interrumpidas, a consecuencia de las lluvias causadas por el fenómeno El Niño Costero. Al brindar el servicio en estas condiciones, la Comisión consideró que dichos proveedores infringieron los deberes de idoneidad y seguridad, tal como lo establece el Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Se trata de las empresas Teodocio García Flores E.I.R.L. (Turela), Empresa de Transportes El Dorado S.A.C. (El Dorado), Empresa de Transportes Virgen de la Asunción – Pacaipampa S.R.L. (Virgen de la Asunción) y Empresa de Transportes Flores Hnos. S.R.L. (Transportes Flores). Las tres primeras no cumplieron los deberes de idoneidad y seguridad, mientras que la última el deber de idoneidad.

Cabe precisar que, de acuerdo al Código de Protección y Defensa del Consumidor (artículos 18° y 19°), la idoneidad es la correspondencia entre lo que el proveedor ofrece y lo que el consumidor finalmente recibe. Mientras que el deber de seguridad (artículo 25° de la misma norma) establece que los servicios ofertados en el mercado no deben implicar riesgos injustificados para la seguridad de los consumidores.

Los hechos

De acuerdo con el procedimiento, el 24 de febrero de este año, la empresa Turela ofreció sus servicios en la ruta Huancabamba-Piura, pese a encontrarse interrumpida por la lluvia, lo que motivó que una de sus unidades, con más de 40 pasajeros a bordo, se volcara mientras cruzaba la quebrada Río Seco. Por ello, fue multada con 10 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a S/ 40 500.

Lo mismo ocurrió el 07 de marzo último con la empresa Virgen de la Asunción, cuando una de sus unidades también se volcó al intentar cruzar la misma quebrada. Recibió 10 UIT de multa por incurrir en similares infracciones.

A la empresa El Dorado se le impuso 7 UIT (S/ 28 350) porque ofreció el servicio en la ruta Piura-Tumbes, los días 09 y 26 de marzo, a pesar de que la vía estaba interrumpida, quedando sus unidades varadas en las zonas conocidas como Cerro Mocho y quebrada La Manuela, respectivamente.

Transportes Flores recibió la multa de 3 UIT (S/ 12 150) porque el 01 de abril del 2017, vendió pasajes para la ruta Piura-Lima, a pesar de que en esa fecha la carretera también estaba interrumpida.

El Dorado apeló la decisión de la primera instancia. La empresa Turela también presentó apelación, pero fuera del plazo de ley, por lo que no procedió su pedido. Las empresas de transportes Flores y Virgen de la Asunción aún se encuentran dentro del plazo de apelación.

La institución da a conocer estas decisiones al amparo del artículo 123 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley Nº 29571, el cual precisa que “(…) Los procedimientos seguidos ante el Indecopi tienen carácter público. En esa medida, el secretario técnico y la Comisión de Protección al Consumidor del Indecopi se encuentran facultados para disponer la difusión de información vinculada a los mismos, siempre que lo consideren pertinente”.

Las resoluciones de los casos mencionados son públicas y pueden ser conocidas en los siguientes enlaces: